Cómo Contratar

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La relación entre la Entidad suministradora y el abonado vendrá regulada por el contrato de suministro o póliza de abono.

El contrato de suministro será el único documento que dará fe de la concesión del mismo, y junto a las condiciones establecidas en el presente Reglamento, así como a las que se deriven de las normas que cada suministrador pudiera tener aprobadas oficialmente, regulará las relaciones entre la Entidad suministradora y el abonado. Dicho contrato se formalizará por escrito y por duplicado, debiendo entregar un ejemplar cumplimentado al abonado, y en el mismo se deberán recoger, como mínimo, los siguientes datos:

Identificación de la entidad suministradora

  • Razón social.
  • C.I.F.
  • Domicilio.
  • Localidad.
  • Teléfono.
  • Agencia comercial contratante:
  • Domicilio
  • Teléfono

Identificación del abonado

  • Nombre y apellidos o razón social.
  • D.N.I. ó C.I.F.
  • Domicilio (cuando sea distinto al del inmueble abastecido).
  • Teléfono.
  • Datos del representante:
  • Nombre y apellidos.
  • D.N.I. ó C.I.F.
  • Razón de la representación.

Datos de la finca establecida

  • Dirección.
  • Piso, letra, escalera,…
  • Localidad.
  • Número total de viviendas.
  • Teléfono.

Características de la instalación interior

  • Referencia del boletín del instalador autorizado

Características del suministro

  • Tipo de suministro.
  • Tarifa.
  • Diámetro de acometida.
  • Caudal contratado, conforme a la petición.
  • Presión mínima garantizada en kilógramos/cm2 en la llave de registro en la acometida.

Equipo de medida

  • Tipo.
  • Número de fabricación.
  • Calibre en milímetros.

Condiciones económicas

  • Derechos de acometida.
  • Cuota de contratación.
  • Tributos.
  • Fianza.

Lugar de pago

  • Ventanilla.
  • Otras.
  • Datos de domiciliación bancaria.

Duración del contrato

  • Temporal.
  • Indefinido.

Condiciones especiales

  • Jurisdicción competente.
  • Lugar y fecha de expedición del contrato.
  • Firmas de las partes.